El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salid ha acordado nuevas medidas para controlar la transmisión de la COVID-19, que afectarían a todo el término municipal de Alcobendas y a otros nueve municipios de la Comunidad de Madrid, incluida la capital, donde concurren las siguientes circunstancias: ciudad de más de 100.000 habitantes, con una incidencia de 500 casos o más por 100.000 habitantes; índice de positividad en las pruebas diagnósticas superior al 10% y que la comunidad autónoma a la que pertenezca presente una ocupación de camas por COVID-19 en la UVI superior al 35%.
Según los datos oficiales publicados a día de hoy, aún está por determinar desde qué momento la Comunidad de Madrid aplicará estas medidas. La Policía Local de Alcobendas y los servicios municipales están preparados para aplicarlas en cuanto se determine el momento.
Las principales restricciones establecidas por el Ministerio de Sanidad son:
• Se restringe la entrada y salida del municipio, excepto por los siguientes motivos que deberán ser adecuadamente justificados: laborales y médicos; acceso a centros educativos; regresar a la zona residencial; cuidado de personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes, y cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
• Las reuniones se limitan a grupos de seis personas, tanto en espacios públicos como privados.
• Se permite la circulación de los residentes en dichas zonas. Podrán desplazarse por la vía pública dentro del perímetro acotado, aunque se recomienda evitar desplazamientos y actividades innecesarias.
• Comercios y establecimientos reducen su aforo al 50% y cerrarán a las 22 h, excepto farmacias, centros médicos y veterinarios, gasolineras y otros establecimientos considerados esenciales.
• La hostelería suspende el servicio de barra y se limita el aforo al 50%. Solo puede haber seis comensales por mesa. Cierre a las 23 h, aunque puede seguir haciendo reparto a domicilio después de esa hora.
• El aforo de las instalaciones deportivas será de un máximo del 50% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores. La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.
• El aforo de los lugares de culto se reduce a un tercio de la capacidad máxima.
• En centros de enseñanza no reglada (academias, autoescuelas...) se reduce el aforo máximo al 50%.
• Aforo máximo de 15 personas en velatorios al aire libre y de 10 en espacios cerrados.