Con la finalidad de evitar esta situación, a partir del 22 de marzo los contenedores amarillos que se encontraban en la vía pública junto a los de fracción resto (tapa naranja), deberán permanecer dentro de cada una de las urbanizaciones/ comunidades de propietarios que hagan uso de los mismos, y se dejarán en la vía pública exclusivamente los días indicados, para su vaciado. Tras su vaciado, deberán introducirse nuevamente dentro de las urbanizaciones, para evitar que personas ajenas a la comunidad de propietarios pueda realizar vertidos en los mismos. Asimismo, se recuerdan que dentro del contenedor amarillo deben depositar: botellas y envases de plástico, envases metálicos y briks como: Botellas de plástico, latas de conserva y de bebidas, tapas y tapones de plástico, metal y chapas, bandejas de aluminio, papel film y papel de aluminio, aerosoles, botes de desodorante, tarrinas y tapas de yogurt, briks (de leche, zumos, sopas, etc.), bandejas de corcho blanco, tubos de pasta de dientes, cajas de madera de frutas y verduras,…
Es importante que en estos contenedores no se viertan restos vegetales, procedentes del mantenimiento de los jardines de la Urbanización o de particulares, ya que ello impide las labores de reciclado de los residuos y puede ser objeto de sanción por incumplimiento de la normativa ambiental vigente. Siendo responsabilidad de la comunidad de propietarios si se detectaran residuos impropios en el contenedor de envases que tenga asignado para su uso.
Días de recogida
- Lunes, Miércoles y viernes: Colegios Camino Ancho Colegios Pso Alcobendas, Colegio Begonia. Colegio Jazmín, Begoña, Nardo, Tomillo, Quejigo, Margarita, Azalea, Hiedra, Zarzamora, Iris y Caléndula.
- Martes, jueves y sábado: Dalia, Kerria, Jazmín, Camino Nuevo, Espliego, Orquídea, Cuesta del Cerro y Salvia.
Además, se deberán sacar los contenedores a última hora de la tarde / noche del día anterior al de recogida, y volverse a introducir en la comunidad de propietarios inmediatamente después de su vaciado. Y se recuerda que tal como establece la Ordenanza Reguladora del Servicio Público de Limpieza Viaria y Recogida de Residuos del Ayuntamiento de Alcobendas, es obligación de los administrados separar correctamente los residuos en origen de acuerdo a las fracciones establecidas , así como sacar los contenedores a la vía pública para su recogida por el servicio público en las horas y lugares establecidos por el Ayuntamiento, y volver a dejarlos en el lugar establecido (interior de las parcelas privadas o urbanizaciones, etc.) con posterioridad a su vaciado, en espacios que no supongan un riesgo para el tránsito peatonal ni tráfico rodado. El incumplimiento de estas obligaciones podrá conllevar una sanción para la comunidad de propietarios de 750 euros / hecho sancionable, excepto en residuos peligrosos, en cuyo caso podrá ser de hasta 9.000 euros.