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Convocatoria de la Asamblea General de la Entidad de Conservación Arroyo de la Vega
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Convocatoria de la Asamblea General de la Entidad de Conservación Arroyo de la Vega

lunes 06 de julio de 2020, 12:10h
Una vez levantado el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que nos obligó a suspender la convocatoria de la Asamblea General prevista para el 25 de marzo, el Consejo Rector de la Entidad se reunió día 24 de junio, para retomar nuevamente la convocatoria de la misma.

De esta forma y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 de los Estatutos de la Entidad de Conservación del Arroyo de la Vega, se convoca a los miembros de dicha entidad a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA que se celebrará el próximo lunes 13 de julio de 2.020 a las 17,00 horas en primera convocatoria, y a las 18,00 horas en segunda y última convocatoria, estando prevista el inicio de la misma en ESTA SEGUNDA CONVOCATORIA, en el Hotel Amura, Avda. de Valdelaparra, 2 de Alcobendas, con el mismo orden del día que ya se trasladó a los representantes de los titulares de la Entidad en la anterior convocatoria tal como se indica a continuación.


ORDEN DEL DIA

- Informe del Presidente.
- Examen, y en su caso, para su aprobación de la Memoria y Cuentas del ejercicio
económico de 2.019 y Presupuesto para 2.020
- Inicio de las labores previas al proceso de disolución de la Entidad de Conservación del Arroyo de la Vega y dar cuenta del informe emitido a tal efecto por D. Gabriel Soria.
- Nombramiento del Auditor de cuentas para los ejercicios 2020 y 2021.
- Reelección, en su caso, de cargos del Consejo Rector.
- Designación de Interventores del Acta.
- Ruegos y Preguntas.


Notas aclaratorias:

Con referencia a la documentación anexa a esta convocatoria, no se va a enviar nuevamente, pues ya se remitió junto con la convocatoria del mes de marzo. No obstante si algún representante lo desea, puede solicitarla en la sede de la Entidad de Conservación en horario de 8:00 a 15:00 de lunes a viernes

Con referencia a las recomendaciones de sanidad en cuanto a la limitación de aforo y para garantizar que todos los representantes puedan asistir a la misma, se limita la asistencia a una sola persona por titularidad según se recoge en los Estatutos de la Entidad.Con referencia a las acreditaciones, la representación de los titulares de propiedad que sean personas físicas se acreditará mediante escrito del titular debidamente firmado, con señalamiento del nombre completo del representante, y con autorización expresa para intervenir y votar en la correspondiente Asamblea.


La representación de los titularles que sean personas jurídicas (principalmente sociedades mercantiles) se acreditará por poder notarial bastante para representar a la sociedad poderdante o por acuerdo expreso de delegación adoptado por el órgano de administración (Consejo, Administrador único, etc.) mediante certificación del acuerdo expedida por el Secretario del Consejo o por el Administrador Único o Solidario de la sociedad. La representación de los titulares que sean Comunidades de Propietarios y de las Comunidades de Bienes, recaerá, de manera general, sobre el Presidente de aquellas o, alternativamente, en una tercera persona por acuerdo adoptado a este fin por la Junta de Copropietarios o de Socios, circunstancias que se acreditarán, en los casos citados, mediante certificación de dichos cargos o acuerdos por el Secretario con el VBº del Presidente.


La representación que no se acredite debidamente conforme a lo expuesto, comportará que el pretendido representante pueda asistir a la Asamblea con voz, pero sin voto. Cualquier duda sobre las condiciones de representación se podrá consultar en la sede de la Entidad con 5 días de antelación a la celebración de la Asamblea. En relación a la elección y/o reelección de los nuevos Consejeros, las personas interesadas en su designación deberán presentar su candidatura por escrito, firmada y con datos de contacto en las oficinas de la Entidad antes de las 10 horas del día diecinueve de marzo de 2.020, no admitiéndose candidaturas con posterioridad a esta fecha. Las candidaturas se votarán de manera individual y sucesiva resultando elegidos los candidatos que hayan obtenido el voto favorable que represente, en cada caso, el mayor porcentaje de las cuotas representadas por los votantes.

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