La nueva orden de la Consejería de Sanidad de medidas preventivas ante el coronavirus entra en vigor este jueves con la ampliación del uso obligatorio de la mascarilla, la limitación de las reuniones en terrazas a grupos de un máximo de diez personas y las restricciones de horario al ocio nocturno.
Sin embargo, el uso de mascarilla no será exigible al realizar actividad deportiva; durante el consumo de bebidas y alimentos; en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población; en las piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado sin desplazarse y en los centros de trabajo, exclusivamente cuando los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo. No obstante, la mascarilla será obligatoria en las anteriores excepciones cuando no se pueda mantener la distancia mínima de seguridad establecida de 1,5 metros.
Asimismo, la orden recomienda, como medida de precaución, la utilización de mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.
Por otra parte, la obligación del uso de mascarilla se refiere también a su adecuada utilización, de modo que cubra desde parte del tabique nasal hasta la barbilla, y, en ningún caso, la mascarilla puede estar provista de válvula exhalatoria.
Entre las nuevas medidas, destaca el límite de grupos con un máximo de diez personas, al aire libre, como pudieran ser parques, zonas comunes, jardines y terrazas. En el caso de los domicilios o parcelas particulares, el Gobierno regional recomienda también que no haya reuniones privadas con más de diez integrantes.
Por otro lado, en el ámbito de la hostelería y ocio nocturno, se limita también la afluencia de personas a un máximo de 10 en torno a una o varias mesas. Además, estos establecimientos podrán permanecer abiertos hasta la 1.30 horas y no podrán admitir clientes a partir la 01.00 horas.