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La distancia mínima de seguridad establecida de 1,5 metros

La Comunidad de Madrid estrena la obligatoriedad de uso de mascarilla

La Comunidad de Madrid estrena la obligatoriedad de uso de mascarilla

No será exigible al realizar actividad deportiva

jueves 30 de julio de 2020, 11:39h

La nueva orden de la Consejería de Sandad de medidas preventivas ante el coronavirus entra en vigor con la ampliación del uso obligatorio de la mascarilla, la limitación de las reuniones en terrazas a grupos de un máximo de diez personas y las restricciones de horario al ocio nocturno.

Sin embargo, el uso de mascarilla no será exigible al realizar actividad deportiva; durante el consumo de bebidas y alimentos; en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población; en las piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado sin desplazarse y en los centros de trabajo, exclusivamente cuando los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo.

No obstante, la mascarilla será obligatoria en las anteriores excepciones cuando no se pueda mantener la distancia mínima de seguridad establecida de 1,5 metros. Asimismo, la orden recomienda, como medida de precaución, la utilización de mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.

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