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Se le acusa de mala práxis por ignorar un aviso de ictus

Un médico del Infanta Sofía condenado a pagar 1.5 millones de euros a un paciente

Un médico del Infanta Sofía condenado a pagar 1.5 millones de euros a un paciente

El paciente se fue a su casa y sufrió un grave ictus tres días después

martes 29 de octubre de 2019, 10:08h
Los hechos sucedieron en diciembre de 2016, cuando un paciente de 67 años acudió al servicio de Urgencias del hospital Infanta Sofía de San Sebastián de los Reyes a causa de episodios transitorios de pérdida de visión que llevaba sufriendo casi un mes. Según se pudo saber en el juicio celebrado, estas perdidas de visión duraban entre dos y tres minutos y se recuperaba sin que se le quedara ninguna secuela.

Cronología de los hechos

El paciente acudió a Urgencias, donde le trasladaron a Oftalmología, donde concluyeron que no tenía problemas de visión. De Oftalmología regresó al punto de partida donde continuaron haciéndole más pruebas y, entre otras cosas, el personal médico le tomó la tensión arterial, la frecuencia cardiaca, la frecuencia respiratoria y la temperatura. Tampoco detectaron nada fuera de lo común, segun narra la sentencia.

También le realizaron una auscultación cardiaca, pulmonar, abdominal y de miembros inferiores con resultados "rigurosamente normales", según el parte médico. Además, dio buenos resultados en la exploración neurológica muy completa, según el parte, realizada por un médico especialista en Medicina Interna.

Aviso de un ictus

El problema es que en esos momentos, el paciente de nombre Manuel estaba sufriendo lo que en Medicina se conoce como un accidente isquémico transitorio, en forma de pérdidas de visión. Estos episodios están descritos en la literatura médica con detalle como advertencia de la llegada de un ictus y así lo apuntaron los peritos judiciales en el juicio. En sus informes los peritos apuntaron los protocolos de actuación ante la llegada de un ictus que existen para identificar y tratar estos síntomas que según la sentencia, no se siguieron.

Al paciente se le dio el alta y sufrió un ictus isquémico 48 horas después de salir del servicio de urgencias en el hospital Infanta Sofía. Tras ser atendido en el Hospital de La Paz de Madrid cumpliéndose con el protocolo, el paciente ha quedado con un grado de discapacidad del 94%

Al médico en cuestión se le acusa de no utilizar el sistema de Teleictus o directamente haber remitido el paciente al Hospital de La Paz para que fuese evaluado por un neurólogo.

También se le acusa de haber mandado al paciente para que fuera visto un especialista en Neurología en el Hospital Infanta Sofía o se le sometiera a pruebas de imagen neurológica.

Conclusiones del Juez

El juez condena a la actuación médica apoyándose en los informes de los peritos. Según el magistrado, "la intervención llevada a cabo en el Hospital Universitario Infanta Sofía contravino la práctica hospitalaria habitual en lo referido al manejo de un paciente con enfermedad cerebrovascular, no habiendo tenido en cuenta los informes previos que apuntaban a que el paciente tenía estructuras vasculares anómalas y no habiéndose realizado las pruebas más específicas previa valoración clínica de ese hallazgo. No habiendo sido evaluado por un neurólogo, a pesar de la sospecha de una estenosis carotídea sintomática, que se considera precedente inmediato del ictus".

Además, el juez dice en la sentencia "que existe una relación directa entre el estado actual del paciente y la actuación sanitaria y de ahí la condena millonaria que se obtiene en aplicación directa de las tablas del baremo de tráfico"

Por último, concluye que si Manuel está así es porque en el hospital no se actuó conforme debería haberse hecho. Algo inexcusable, según resulta de la lectura del fallo judicial, pues hay detallados protocolos de actuación clínica que describen qué hacer ante una sintomatología como la que presentaba el paciente.

Condena millonaria

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid ha condenado a la aseguradora del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a indemnizar con 1.569.452 euros a Manuel por mala praxis. A esta cifra millonaria hay que añadir los intereses de mora que elevarían a dos millones de euros la condena final. El fallo admite recurso.

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