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El plazo para sustituirlos terminó en octubre

Hay que cambiar los resaltos ilegales de las urbanizaciones

miércoles 04 de junio de 2014, 13:55h
Hay que cambiar los resaltos ilegales de las urbanizaciones
En septiembre de 2008, el Ministerio de Fomento aprobó una Orden regulando la forma, altura, color y señalización de los nuevos badenes. Debían ser modificados antes de octubre.

Ahora las diferentes administraciones quieren poner orden en este guirigay, por lo que a partir de ahora será de obligado cumplimiento en todas las carreteras de la comunidad, ya sean del Gobierno central, la Diputación o los ayuntamientos. Hasta el momento, los consistorios no han hecho caso a Fomento, argumentando que las normas de seguridad vial son competencia del Estado, pero las normas de mantenimiento y construcción de las carreteras están delegadas en los municipios.

Condiciones indispensables
Según la nueva Orden, los resaltos tienen que respetar una distancia entre unos y otros de estos dispositivos de, al menos, 150 metros.
En cuanto a la altura, la máxima que deben tener los reductores de velocidad situados en un paso de peatones sobreelevado es de 10 centímetros. Otro aspecto a tener en cuenta es la longitud de las rampas. Éstas deben tener entre 1 y 2,5 metros, un metro para el caso de zona limitada a 30 kilómetros hora, 1,5 metros cuando se señalicen para una velocidad máxima de 40 y 2,5 metros para velocidad igual a 50 kilómetros hora.
Otra condición indispensable es que,  como máximo,  los reductores de tipo "lomo de asno" pueden subir seis centímetros.  Además, para cumplir la normativa, deben estar fabricados en hormigón o material asfáltico con un máximo de 4 metros de largo.
Por último, hay que informar que los resaltos que no cumplan con las medidas de la normativa pueden ser considerados como obstáculos en la calzada, según el artículo 5 del Reglamento General de Circulación.  Así,  los conductores afectados pueden denunciar a los Consistorios que se niegan a cambiarlos y  que alegan que la norma creada por Fomento para regularlos sólo se refiere a vías de ámbito estatal.

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