Este precedente es pionero en nuestro país por ser el primer caso de "bullying" escolar condenado judicialmente.
Antecedentes
Los antecedentes en los que se fundamenta la sentencia son los derivados del acoso al que se sometió a un alumno durante más de dos años. A partir de ahora, los centros escolares tendrán mucho cuidado en sacar conclusiones precipitadas sobre las denuncias de acoso escolar.
La Audiencia de Madrid corrige
En un primer momento, el juzgado de Instrucción número 1 de Alcobendas, había exculpado al centro. Dicha decisión fue más que polémica pues la juez del juzgado de la localidad del norte de Madrid, consideró que no era necesario escuchar al psicólogo ni el informe del Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, claramente favorables a la familia de Sacristán. Sin embargo, la Audiencia estima que es muy complicado mantener que los hechos acaecidos fuesen incidentes únicamente puntuales. La Tribuna de la Moraleja ha tenido acceso a la sentencia de la Audiencia de Madrid, en la que se condena al Colegio a una indemnización de 30.000 euros y se reconoce la falta de diligencia del Centro en relación a la vigilancia. Esta sentencia se produce gracias al recurso de apelación de los padres del alumno acosado, que recurrieron basándose en un hecho que consideraban fundamental: había una grabación del acoso, por lo que era difícil mantener que, si el acoso era un acontecimiento puntual, los acosadores llevaran una cámara al colegio. Según la sentencia, en la grabación se observa cómo los menores agresores golpeaban con un estuche y propinaban collejas al acosado. Además de los golpes, en la grabación también se escucha a los acosadores cómo intentan asegurarse de que las imágenes sean grabadas.
Más abajo publicamos tambén una carta abierta del padre del alumno.