La Inspección Técnica de Edificios (ITE) se ha convertido en un requisito indispensable para todos los inmuebles que superen los 30 años de antigüedad. Esta normativa estipula que los propietarios deben llevar a cabo la ITE cada diez años, comenzando desde la última inspección favorable.
El principal objetivo de esta medida es evaluar el estado de conservación de las edificaciones y determinar si son necesarias obras de mantenimiento o rehabilitación. Esta obligación está respaldada por el artículo 169 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Proceso y Consecuencias del Incumplimiento
Para que la ITE sea considerada válida, es necesario presentarla ante el Ayuntamiento utilizando el modelo oficial correspondiente, además de abonar las tasas establecidas. Los edificios que deben someterse a esta inspección durante el año 2025 están listados en la web municipal.
El incumplimiento de esta normativa puede resultar en la apertura de un procedimiento sancionador. Además, el Ayuntamiento tiene la facultad de realizar tanto la inspección como las obras necesarias, cargando los costos a los propietarios responsables.