www.tribunadelamoraleja.com

Para compatibilizar la lucha contra la contaminación con el desarrollo económico

Madrid aprueba la Ordenanza de Movilidad Sostenible
Ampliar

Madrid aprueba la Ordenanza de Movilidad Sostenible

El objetivo de la nueva normativa es fomentar la sostenibilidad, reforzar la seguridad vial, integrar todos los medios de transporte y favorecer la innovación.

martes 14 de septiembre de 2021, 11:47h

La puesta en marcha de las distintas zonas de bajas emisiones se hará de forma progresiva, mediante sistemas de videovigilancia y acompañada de un periodo informativo de dos meses sin emitir sanción automatizada a los supuestos infractores.

La ZBE de Especial Protección Distrito Centro que entra en vigor -en fase de aviso- una vez que la ordenanza se publique en el BOCM en los próximos días, mantiene los criterios de acceso según el distintivo ambiental y equipara a comerciantes y residentes.

La ZBEDEP Plaza Elíptica activará las cámaras a finales de diciembre y Madrid ZBE-interior de M-30 estará operativa desde el 1 de enero de 2022; ambas restringen el acceso a todos los vehículos que no cuentan con distintivo ambiental por ser altamente contaminantes.

Como principal novedad, el Pleno incorpora a la ordenanza la obligación de que en vías urbanas con dos carriles por sentido el de la derecha se convierta en multimodal.

La OMS mejora la accesibilidad en las aceras, crea la tarifa dinámica del SER, las reservas de carga y descarga inteligente para vehículos de mercancías y las plazas de rotación de 45 minutos en zonas especiales, entre otras medidas.

El Ayuntamiento de Madrid ha terminado de apuntalar este lunes la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360. El Pleno ha dado luz verde, en sesión extraordinaria, a la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) que, entre numerosas medidas, establece el marco normativo para que todo el territorio de la capital se convierta en Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de manera progresiva desde el próximo 1 de enero de 2022. El texto también sienta las bases para que se creen dos ZBE de Especial Protección en Centro y plaza Elíptica, dos entornos donde las medidas de mejora medioambiental han de ser más exigentes, pero también donde se ha de compatibilizar, como en el resto de la ciudad, la lucha contra la contaminación con el desarrollo de la actividad económica.

Así, el Gobierno que lidera José Luis Martínez-Almeida aspira a dar cumplimiento a la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, por la que se establecen los límites de calidad para garantizar un aire saludable. De igual modo, con la nueva ordenanza se atiende a la exigencia estatal que fija la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, aprobada el pasado mes de mayo en el Congreso de los Diputados y que obliga a todas las ciudades de más de 50.000 habitantes a tener zonas de bajas emisiones.

La OMS, además de las ZBE, que serán la herramienta que mayor impacto tendrá en la reducción de emisiones contaminantes del tráfico rodado, también introduce medidas que situarán a la capital a la vanguardia de la sostenibilidad: el impulso de la micromovilidad y la movilidad ciclista, la creación de la tarifa dinámica del SER, las plazas de carga y descarga inteligente para vehículos de mercancías, las plazas de aparcamiento de alta rotación para reducir el tráfico de agitación y la configuración del municipio como un ‘laboratorio’ de la movilidad, entre numerosas medidas.

Su articulado se centra en proteger la vida e integridad física y la salud de las personas a través de la mejora de la calidad del aire y la seguridad vial; integrar todos los modos de movilidad armonizando y racionalizando los distintos usos del espacio público y promover la eficiencia y la innovación.

Cambios introducidos

La ordenanza integra en el nuevo texto las propuestas de los seis grupos políticos que representan a los madrileños en el Ayuntamiento. Entre los cambios incorporados en la última semana destacan modificaciones o adiciones que afectan al estacionamiento en la ciudad y la liberación de las aceras de vehículos. Por ejemplo, se ha añadido la prohibición del estacionamiento del motosharing en aceras cuando exista una reserva específica para estos vehículos a menos de 100 metros. En cuanto a los anclajes para bicicletas en aparcamientos disuasorios, deberán colocarse lo más cerca posible a las entradas principales y a la vía ciclista que pudiera existir, así como si hubiera una estación de transporte público próxima.

La ampliación del SER prevista a 20 nuevos barrios de la ciudad se llevará a cabo siempre que cuente con acuerdo previo favorable de la junta de distrito tras haber consultado a los vecinos y asociaciones vecinales afectadas. Además, se incrementa del 75 % al 80 % el mínimo de plazas verdes (para residentes) de estacionamiento regulado en cada barrio. En lo que respecta a las nuevas reservas de carga y descarga de mercancías, se aumenta de 30 a 45 minutos el tiempo de estacionamiento. La OMS contempla, además, situar puntos de carga y descarga de mercancías en todos los aparcamientos de titularidad municipal para facilitar la distribución urbana de mercancías de última milla.

En el ámbito de la seguridad vial, se limita la velocidad para vehículos a motor a 20 km/h en vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera cuando existan elementos separadores entre las mismas (bolardos) y a 15 km/h cuando no los haya. También se rebaja a 20 km/h la velocidad de los vehículos en entornos escolares.

El bus a demanda, una propuesta original del proyecto inicial de la ordenanza, se extenderá en horario diurno, además del nocturno, en algunas zonas y líneas con baja densidad de población o alejadas de edificaciones.

Más protección para el peatón

Para proteger al peatón frente al resto de vehículos, se eleva de metro a metro y medio la distancia que debe de guardar un ciclista respecto a un transeúnte y también de las fachadas, para evitar el atropello de cualquier viandante que salga de un establecimiento o portal, por ejemplo.

Madrid permitirá a las bicicletas circular en ambos sentidos de la marcha en ciclocalles, calles residenciales y de plataforma única limitadas a 20 km/h. En estos casos, la bicicleta tendrá prioridad de paso. También podrán circular por parques y jardines públicos urbanos en caminos de más de tres metros de ancho. Lo que se prohíbe en todo el término municipal es la circulación de bicicletas multitándem o de pedaleo múltiple para fiestas y eventos (las conocidas como ‘bicibirras’), salvo autorización expresa.

Otra de las novedades incluidas permite a menores de 15 años ir en Vehículo de Movilidad Personal siempre que vayan acompañados (en otro VMP) y bajo responsabilidad de sus progenitores o tutores.

Tres meses después de la entrada en vigor de la ordenanza se creará el Consejo de Movilidad Sostenible para el seguimiento, control y evaluación de la normativa y la aplicación de sus medidas.

Madrid abre el paso a los vehículos sostenibles

El vehículo tipo turismo (excluyendo los taxis) representa el 79,4 % de los recorridos realizados en el municipio. La mayoría tiene como fuente energética el diésel, suponiendo el 69,9 % de los recorridos, frente al 28,2 % que representan los de gasolina. Los turismos híbridos, eléctricos y que consumen otros combustibles alternativos como gas natural comprimido (GNC) o gases licuados del petróleo (GLP) alcanzan en su conjunto el 1,9 %.

Para incentivar el trasvase hacia tecnologías limpias, una de las medidas más importantes que contempla la OMS viene recogida en el artículo 21, concediendo una protección básica para todos los ciudadanos en el conjunto del término municipal con la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no poseen distintivo ambiental (A) -vehículos diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina matriculados antes del 2000-, mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Su aplicación es por anillos territoriales, posibilitando cumplir los valores límite y los umbrales de calidad del aire establecidos por la normativa comunitaria y estatal en materia de calidad del aire y protección del medio ambiente.

Calendario de restricciones a los más contaminantes

De las siete estaciones que superaron en 2018 los valores límite para la media anual de NO2 (40µg/m3), cinco se situaban en el interior de la M-30. Comenzando por las zonas donde los niveles de contaminación son más elevados (interior de la M-30), el calendario de limitaciones a la circulación establecido para aquellos vehículos sin distintivo ambiental que no estén dados de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento es el siguiente:

-A partir del 1 de enero de 2022, queda prohibido el acceso y circulación a los vehículos A por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30. Esta ZBE comenzará a funcionar en esa fecha con control de agentes de la autoridad. Una vez se ponga en marcha el contrato automatizado, se iniciará la fase de aviso que contempla la propia ordenanza durante dos meses, es decir, enviando una comunicación a los infractores sin emitir sanción automatizada.

-Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.

-Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE.

-Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los vehículos sin distintivo domiciliados en la capital.

Tarifa dinámica y carga y descarga inteligente

La ordenanza profundiza en la transformación digital de la administración para una gestión más eficaz de las competencias municipales en materia de movilidad. Dentro de las medidas que contribuyen a favorecer la movilidad sostenible, el artículo 52.2.e. regula la nueva tarifa dinámica del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) con la oportuna modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas zonas de la capital (OFSER). Se persigue con esta funcionalidad evitar un aumento de los niveles de dióxido de nitrógeno que haga necesaria la activación del Protocolo de Actuación para Episodios de Contaminación por dióxido de nitrógeno en la ciudad de Madrid, incrementando la tasa a abonar en caso de empeorar los registros en las estaciones de calidad del aire.

La nueva normativa acaba con los artículos 56 y 57 que regulaban las zonas de aparcamiento vecinal, ya que no determinaban el sistema específico para su control y se mantiene la fórmula del SER para aquellos barrios donde existen problemas de estacionamiento para la gestión racional del espacio público. El texto contempla la posible ampliación del servicio, en el artículo 57, a 20 nuevos barrios de manera parcial (parte del territorio) o total. Solo se implantaría bajo demanda vecinal. De los 49 barrios que actualmente se rigen por esta fórmula se podría elevar a 69.

Las zonas a incorporar de manera parcial serían: Peñagrande (Fuencarral-El Pardo); Valdezarza (Moncloa); Los Cármenes y Puerta del Ángel (Latina); Puerta del Ángel (Latina); Opañel, San Isidro (Carabanchel); Zofío y Pradolongo (Usera); Ventas, Pueblo Nuevo, Quintana, Concepción, San Pascual, San Juan Bautista, Colina, Atalaya y Costillares (Ciudad Lineal). El SER se implantará por completo en los barrios de Comillas (Carabanchel), Almendrales y Moscardó (Usera).

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)
Compartir en Google Bookmarks Compartir en Meneame enviar a reddit compartir en Tuenti

+
0 comentarios