SAN SEBASTIAN DE LOS REYES

Nuevo plan de emergencia contra incendios forestales en la Comunidad de Madrid

Prevención

Medidas preventivas y regulaciones para garantizar la seguridad en áreas vulnerables ante el riesgo de incendios forestales en la región.

Redacción | Viernes 13 de junio de 2025

La Comunidad de Madrid ha implementado un Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, que establece medidas preventivas para mitigar el riesgo de incendios en zonas vulnerables. Este plan detalla las épocas de alto, medio y bajo riesgo de incendios, así como las obligaciones de los propietarios de terrenos para mantener la seguridad. Se prohíbe el uso del fuego en terrenos urbanos cercanos a áreas forestales y se requieren autorizaciones específicas para actividades que puedan generar ignición. La alcaldesa Lucia Soledad Fernández Alonso insta a los ciudadanos al cumplimiento de estas normas para garantizar la seguridad en la comunidad. Para más información, visita el enlace: https://biblioteca.cibeles.net/bando-municipal-sobre-el-plan-especial-de-proteccion-civil-de-emergencia-por-incendios-forestales-en-la-comunidad-de-madrid/



El Gobierno municipal de Sanse ha emitido un bando en el que se detalla el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid. Este plan, conocido como INFOMA, establece una serie de medidas para prevenir incendios en municipios situados en zonas de alto riesgo.

Las épocas clasificadas según el nivel de peligro son las siguientes:

  • Peligro alto: del 15 de junio al 30 de septiembre.
  • Peligro medio: del 16 de mayo al 14 de junio y del 1 al 31 de octubre.
  • Peligro bajo: del 1 de noviembre al 15 de mayo.

Obligaciones

La normativa vigente, que incluye los artículos 12.b) y 168 de la Ley del Suelo, impone a los propietarios la responsabilidad de mantener sus terrenos en condiciones adecuadas para garantizar la seguridad, especialmente durante las épocas críticas para incendios forestales.

El bando busca informar a los ciudadanos sobre las medidas preventivas que deben adoptar según el uso del suelo. En terrenos urbanos y urbanizaciones se establecen las siguientes obligaciones:

  • A lo largo del año, los propietarios deben asegurar que sus terrenos estén limpios y libres de vegetación seca durante las épocas de riesgo alto y medio.
  • Está prohibido utilizar fuego para quemar residuos en estos terrenos.
  • En áreas urbanas a menos de 50 metros de terreno forestal, cualquier uso del fuego debe ser notificado con un día de antelación a la Dirección General competente.
  • El uso de maquinaria o equipos también estará regulado por el Ayuntamiento en estas áreas.
  • Normativas en terrenos forestales

    En montes o terrenos forestales, así como en ciertos terrenos no forestales, se prohíben varias actividades durante todo el año:

    • Lanzar fósforos o colillas desde vehículos o caminando.
    • Desechar basura o materiales inflamables.
    • Circular con vehículos fuera de las vías habilitadas.
    • Realizar quemas no autorizadas en vertederos.
    • Utilizar fuego sin autorización expresa para cocinar o calentar.

    Durante las épocas clasificadas como medio y alto riesgo, se requerirá autorización para usar fuego o maquinaria que pueda generar chispas dentro de un radio específico alrededor de los terrenos forestales. Esto incluye una franja de hasta 400 metros donde se aplicarán restricciones adicionales.

    Este bando es una llamada a la responsabilidad colectiva, instando a todos los vecinos a cumplir rigurosamente con estas normativas para proteger tanto su seguridad como la del entorno natural. La alcaldesa, Lucia Soledad Fernández Alonso, ha subrayado la importancia del cumplimiento efectivo de estas medidas preventivas.

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