De este modo, el Gobierno regional tiene no podrá imponer sanciones a los ciudadanos con las restricciones de movilidad, coincidiendo con el primer puente tras el periodo estival, el puente del Pilar.
Por otro lado, la Audiencia Nacional tendrá que decidir sobre las medidas cautelares solicitadas por la Comunidad de Madrid tras la admisión del recurso. Madrid tiene diez días de plazo a contar desde que se admitió el recurso para presentar sus alegaciones, que tendrán que sopesarse en el plazo de cinco días por parte de los magistrados para deliberar sobre la impugnación.
Fuente: ABC