Pues al parecer, no. Un vecino nos muestra el dossier completo de su calvario administrativo en el intento de que se le conceda la desgravación del IBI municipal a la que tiene derecho. A petición de la Oficina del IBI, entregó la Certificación del ingeniero actuante de qué paneles se habían instalado en su vivienda y de su inscripción en la CAM, más sus facturas de electricidad y de gasóleo, como era natural para demostrar el ahorro de energías contaminantes que justificaban esa bonificación.
La Oficina contesta en un oficio que no nos resistimos a reproducir: “El modelo de certificado... no se ha aportado, o se ha aportado con datos incompletos, errores de cálculo ¿cuáles? y/o falta de firma por técnico competente!!!". La indignación del peticionario ante la impresión de que se estaban riendo de él, le empujó a quejarse en una carta al Sr. Alcalde. En ella, le recuerda que la Ley obliga a las Administraciones a señalar en qué "falta" o "qué documentos" son defectuosos. Termina la carta escribiendo textualmente " Algunos malpensados pudieran colegir que los políticos hacen las promesas que ya se ocuparán los funcionarios de que no lleguen a buen término".
El embrollo administrativo que siguió a esta carta, nos dice el vecino, que la bonificación el IBI se ha concedido a otros vecinos de su misma urbanización que la solicitaron antes que él para casas idénticas a la suya, por lo que se siente discriminado. Nosotros añadimos que, probablemente, al Ayuntamiento se le ha acabado la asignación presupuestaria ante el éxito de los paneles. Y añadimos que, si así fuese, bien podría el Ayuntamiento completarla en ejercicios subsiguientes, al menos para los que solicitaron la desgravación en tiempo hábil.